Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
IMPORTANTE
Recuerda, que:
1⃣.Si eres pensionista español@ y residente en el extranjero .
2⃣. Tienes de plazo hasta el 31/03/2023 para remitir a la correspondiente Dirección Provincial del INSS tu certificado de fe de vida y poder seguir cobrando tu pensión.
Solo los pensionistas que residen en el extranjero tienen que presentar un certificado de fe de vida para seguir cobrando su pensión.
📌Si vives en España, NO tienes que presentarlo.

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